El ministro de Economía y finanzas, Oscar Graham, reiteró que alimentos como azúcar, pollo, fideos, huevos, harina y carnes estarían exonerados de IGV con la medida, que sería solo por tres meses.
Autor: Javier Prialé
Tal como lo había anunciado el ministro de Economía y Finanzas, Oscar Graham, el Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley por el cual se plantea incluir más alimentos en la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Si bien el ministro refirió que la intención de la iniciativa era que cinco productos fueran los que estén exonerados del IGV, como son el azúcar, el pollo, los huevos, fideos la harina y la carne, el proyecto de ley presentado no tiene esta precisión.
Por el contrario, es más abierto y permitiría que el Poder Ejecutivo, a través de un decreto supremo incluya nuevos productos en la exoneración, siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos.
Lo que plantea el gobierno es añadir una causal excepcional para la inclusión de nuevos productos en el beneficio tributario en casos de conflicto bélico internacional u otros de coyuntura similar a este, que impacten en los precios internos con efectos directos sobre la inflación.
El plazo de exoneración por esa causa no será mayor a 3 meses e incluye a productos alimenticios que formen parte de la canasta básica familiar, así como los insumos necesarios que se requieran para su producción.
CONDICIONES
Para que los productos alimenticios puedan estar exonerados del IGV en casos de conflictos bélicos o similares que impacten en la inflación peruana, se deben cumplir dos condiciones.
La primera es que la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana sea superior a 6%. Actualmente, esta condición se cumple pues en el periodo anual abril 2021 – marzo 2022, El IPC en la capital fue de 6.82%.
La segunda es que los productos alimenticios considerados deben tener una incidencia sobre la variación anual del IPC de Lima Metropolitana superior a 0.12 puntos porcentuales.
Es decir, actualmente todos los productos alimenticios que cumplan esta última condición pueden ser incluidos en la exoneración del IGV. Ayer, en el Congreso, Graham reiteró que los que sí estarán en la lista son el azúcar, pollo, fideos, huevos, harina y la carne.
En la inflación del mes de marzo, los huevos de gallina y el pollo eviscerado fueron los que tuvieron incidencias de 0.13 y 0.12 respectivamente.
NOTA: 50 MILLONES al mes es lo que dejaría de recaudar el estado con esta exoneración.
