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LA CASACION N° 16618-2023 ES LA SOLUCION A LITIGIOS TRIBUTARIOS QUE DURAN AÑOS Y MARTIRIZAN A CONTRIBUYENTES

LA CASACION N° 16618-2023 ES LA SOLUCION A LITIGIOS TRIBUTARIOS QUE DURAN AÑOS Y MARTIRIZAN A CONTRIBUYENTES. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEBE DE FISCALIZAR SU APLICACIÓN.

En el Perú no existe seguridad jurídica hace décadas, un contribuyente puede estar en un litigio tributario durante años simplemente por que SUNAT y el TRIBUNAL FISCAL no acatan como vinculantes las Casaciones Tributarias que resuelve la Corte Suprema del Poder Judicial.

Es practico, si existe una controversia tributaria en una fiscalización de SUNAT y existe una casación que ya resolvió esa controversia en favor del contribuyente; el contribuyente invoca tal casación y como fuerza vinculante el auditor de SUNAT debe de levantar el reparo tributario por que la corte suprema ya resolvió esa controversia.

De igual forma, si en un procedimiento de apelación en el TRIBUNAL FISCAL. Si el contribuyente identifica una Casación Tributaria que resolvió un caso similar a su favor podría invocar tal Casación y los Vocales del TRIBUNAL FISCAL deben de resolver conforme al grado de obligatoriedad y fuerza vinculante que tiene tal Casación.

La interpretación que explicamos en el segundo y tercer párrafo no eran aplicables hasta el 13 de enero que se publico la Casación N° 16618-2023, la cual señala que SUNAT y el TRIBUNAL FISCAL están obligados a acatar la fuerza vinculante de las Casaciones que resuelva la Corte Suprema del Poder Judicial.

La presente Casación en definitivo es una solución a los contribuyentes para que no se encuentren en litigios tributarios por años. No obstante, el Congreso de la Republica bajo su labor de Fiscalizacion debe de controlar que SUNAT y el TRIBUNAL FISCAL capaciten a sus funcionarios para su aplicación general y obligatoria en todos sus procedimientos vigentes.

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