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PRECISIÓN SOBRE CRITERIO SOCIETARIO APLCABLE A LOS DIRECTORES

PRECISIÓN SOBRE CRITERIO SOCIETARIO

A través de la Resolución SMV N° 003-2020-SMV/O1, publicada el 27 de febrero de 2020 en el Diario Oficial El Peruano, se realiza la precisión del siguiente criterio:

“No ser Director o miembro de la Alta Gerencia de otra empresa, en la que algún Director o miembro de la Alta Gerencia de la sociedad sea parte del Directorio, salvo que este último sea Director independiente de la Sociedad” para considerar que un Director califica como independiente, establecido en los Lineamientos para la Calificación de Directores Independientes.

Precisión: Este criterio no aplica cuando la persona a ser designada como Director Independiente en la sociedad con al menos un valor inscrito en el Registro Público del Mercado de Valores tenga la calidad de Director Independiente en la empresa en la que coincide en el Directorio con un Director o miembro de la Alta Gerencia de dicha sociedad, y siempre que ambas empresas integren el mismo grupo económico.

La presente Resolución entrará en vigencia el 28 de febrero de 2020. 

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