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Efectos tributarios y laborales del incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) a S/ 1,025.00

Con fecha 03 de marzo de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 003-2022-TR, Decreto Supremo que incrementa la RMV de los trabajadores al régimen laboral de la actividad privada, al importe de S/ 1,025.00 (mil veinticinco y 00/1000 Soles) a partir del 01 de mayo de 2022.

Al respecto, los efectos laborales y tributarios del incremento de la RMV a partir del 01.05.2022 son los siguientes:

– Asignación familiar: S/ 102.50 (10% de la RMV)

– Contribución mensual mínimo de Essalud: S/ 92.25 (9% de la RMV)

– Aporte mensual mínimo a la ONP: S/ 133.25 (13% de la RMV)

– Remuneración mínima para el trabajo nocturno: S/ 1,383.75 (RMV mas 35%)

– Subvención económica de los beneficiarios de las modalidades formativas laborales: S/ 1,025 (1 RMV)

– Valor de la remuneración mínima del sector minero: S/ 1,281.25 (RMV mas 25%)

– Topes aplicables para prestaciones alimentarias: S/ 2,050 (2 RMV)

– Límite diario de gasto deducible por planilla de movilidad por cada trabajador: S/ 41.00 (4% de la RMV).

Cabe mencionar que el incremento de la RMV a S/ 1,025.00 tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022.

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