Con fecha 03 de marzo de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 003-2022-TR, Decreto Supremo que incrementa la RMV de los trabajadores al régimen laboral de la actividad privada, al importe de S/ 1,025.00 (mil veinticinco y 00/1000 Soles) a partir del 01 de mayo de 2022.
Al respecto, los efectos laborales y tributarios del incremento de la RMV a partir del 01.05.2022 son los siguientes:
– Asignación familiar: S/ 102.50 (10% de la RMV)
– Contribución mensual mínimo de Essalud: S/ 92.25 (9% de la RMV)
– Aporte mensual mínimo a la ONP: S/ 133.25 (13% de la RMV)
– Remuneración mínima para el trabajo nocturno: S/ 1,383.75 (RMV mas 35%)
– Subvención económica de los beneficiarios de las modalidades formativas laborales: S/ 1,025 (1 RMV)
– Valor de la remuneración mínima del sector minero: S/ 1,281.25 (RMV mas 25%)
– Topes aplicables para prestaciones alimentarias: S/ 2,050 (2 RMV)
– Límite diario de gasto deducible por planilla de movilidad por cada trabajador: S/ 41.00 (4% de la RMV).
Cabe mencionar que el incremento de la RMV a S/ 1,025.00 tendrá eficacia a partir del 1 de mayo de 2022.
